AMPLIACIÓN DE JORNADA NIVEL PRIMARIO

                                                  


                       G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S
                       2022 - Año del bicentenario del Banco de la Provincia de Buenos Aires

Resolución firma conjunta

Número: 6 de Octubre de 2022 RESOC-2022-2502-GDEBA-DGCYE 

LA PLATA, BUENOS AIRES 
Jueves 06 de Octubre de 2022

Referencia: EX-2022-32042391-GDEBA-SDCADDGCYE- Programa Especial implementación Jornada Escolar de 25 horas

VISTO el EX-2022-32042391-GDEBA-SDCADDGCYE, y; 

CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional de Educación N° 26.206 en su Artículo 28o establece que “Las escuelas primarias serán
de jornada extendida o completa con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos fijados para este nivel por la presente ley”;
Que la Ley Provincial de Educación N° 13.688 en su Artículo 186o establece que “La Dirección General de Cultura y Educación definirá y acordará los criterios organizativos, los modelos pedagógicos y demás disposiciones necesarias para el proceso de implementación de la jornada extendida o completa, establecida por el artículo 28o de la Ley de Educación Nacional”;
Que el Decreto Provincial 2299/2011, en su Artículo N° 143 señala que “Se entiende por jornada escolar de la institución el horario de funcionamiento de sus turnos conforme la carga horaria correspondiente al diseño curricular vigente del nivel, modalidad y modelo organizacional. La misma puede adoptar la forma de jornada simple, jornada completa o jornada extendida”;
Que el Ministerio de Educación de la Nación, mediante la Resolución N° 1765/2022 ha creado el PROGRAMA “HACIA LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA JORNADA COMPLETA O EXTENDIDA” en la educación primaria, que tiene por objetivo impulsar las acciones necesarias para avanzar hacia la universalización de la jornada completa o extendida en las escuelas primarias, o bien a adoptar la modalidad de extensión horaria que las lleve a un mínimo de VEINTICINCO (25) HORAS semanales como estrategia escalonada hacia dicha universalización, en cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Federal de Educación en su Resolución
426/2022;
Que un mayor tiempo de clases contribuye positivamente en la probabilidad de promover de año de estudio yen la adquisición de aprendizajes, fortaleciendo las trayectorias educativas de las y los estudiantes en el nivel primario;
Que la extensión del tiempo de escolaridad debe ser considerado como una oportunidad pedagógica tanto para profundizar los contenidos irrenunciables del nivel como para incorporar otros que sean significativos;




https://drive.google.com/file/d/1V5wg30OogrBqrhYEZRUceQn-UV5cw_5f/view?usp=drive_link

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